Seguimiento del doctorado

El sistema de supervisión de tesis en el programa de Doctorado propuesto quedará regulado por la normativa vigente en la Universidad Complutense de Madrid: https://edoctorado.ucm.es/normativa

 

Una vez matriculado en el programa, se abrirá para cada doctorando el Documento de Actividades personalizado, documento que será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado.

 

La UCM dispone de una aplicación específica de Registro de Actividades y Plan de Investigación (RAPI), gestionada en primer término por el propio doctorando, pero cuya actividad registrada tendrá que ser validada en dicha aplicación por el tutor y director, quienes certifican así las actividades registradas.

 

Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de Investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, y contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa.

 

Anualmente, la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de Investigación y el Registro de Actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación.

 

En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.